martes, 9 de noviembre de 2010

Los servicios de exclusión publicitaria

En los post anteriores hemos comentado los aspectos a tener en cuenta para el ejercicio del derecho de oposición que nos permitirá revocar nuestro consentimiento para el envío de comunicaciones comerciales por parte de aquellas empresas de las que somos clientes.

No obstante, una parte fundamental de la publicidad que recibimos por distintas vías la remiten empresas con las que nunca hemos tenido ningún contacto y que, por lo tanto, nunca nos han prestado ningún servicio.

¿De dónde obtienen estas empresas nuestros datos? ¿Son legales estos correos electrónicos, envíos postales o llamadas de teléfono a nuestro domicilio? ¿Qué opciones tenemos para evitar estas prácticas?

Si bien encontraremos casos en los que se gestionan  nuestros datos personales de forma contraria a la Ley, generalmente estas empresas contarán con nuestro consentimiento para el envío de publicidad o habrán obtenido nuestros datos de alguna de las “fuentes de acceso público” previstas por la Ley (por ejemplo, los habrán recabado de repertorios telefónicos).

En principio, esto nos exigiría comunicar a cada una de las empresas que diariamente nos “bombardean” nuestro deseo de no recibir publicidad. Imposible ¿no les parece?. Por este motivo, el legislador ha previsto la figura de los denominados “ficheros comunes de exclusión de envío de comunicaciones comerciales”.

Se trata de ficheros en los que aquellas personas que no desean recibir publicidad pueden registrarse y que también son denominados “Listas Robinson” (supongo que el nombre deriva del hecho de que Robinson Crusoe recibía poca publicidad en su isla).

De acuerdo al artículo 49.4 del Reglamento de Desarrollo de la LOPD, “quienes pretendan efectuar un tratamiento relacionado con actividades de publicidad o prospección comercial deberán previamente consultar los ficheros comunes que pudieran afectar a su actuación, a fin de evitar que sean objeto de tratamiento los datos de los afectados que hubieran manifestado su oposición o negativa a ese tratamiento”.

En caso de que esté usted interesado en convertirse en un naufrago a imagen y semejanza del señor Robinson, puede registrarse en la lista que gestiona la Asociación Española de la Economía Digital (https://www.listarobinson.es/default.asp). En esta dirección encontrará más información, no obstante, nuestra irrefrenable vocación por el servicio público nos empuja a dejarle aquí algún comentario adicional:

-         El servicio es gratuito para los ciudadanos (no así para las empresas que se dedican al envío de publicidad y que deberán asumir el coste fijado para la consulta de esta lista).
-         Si todo va bien, su inscripción en la Lista Robinson le garantizará no recibir publicidad a nombre la persona y a la dirección de correo electrónico o postal que usted indique.
-          En caso contrario, siempre le queda la vía re reclamar ante la AEPD. No debe olvidarse que la Lista Robinson, es un instrumento complementario, que no sustituye a los derechos que la normativa de protección de datos y telecomunicaciones reconoce a los ciudadanos (derecho a oponerse a la recepción e comunicaciones comerciales, derecho a no figurar en guías telefónicas, etc.)

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